Nuevamente es noticia el caso que involucra al vice intendente de Santo Tomé Carlos Raúl Farizano, ahora realizó declaraciones públicas el abogado de su hermana Carolina Farizano, quien dirime en la justicia ya hace 8 años, distintas situaciones irregulares respecto al manejo de bienes y capital de la Sociedad Mora Cué, de la cual Carolina es una de las socias. " Y en todos esos juicios, en distintas etapas, han perdido 13 revocatorias, 5 apelaciones, 3 fallos de primera instancia y 3 recursos extraordinarios de la Corte. No nos han ganado ninguna sola instancia...", dijo el dr Mario Guidice abogado de Carolina Farizano, en FM BUNKER de esta ciudad. santo tomé corrientes

"Me contaron que de Mora Cué no le entregaban los dividendos, no le dejaban manejar sus bienes, todo. Entonces procuré, como siempre hice en mi vida provisional, tratar de solucionar el tema por la vía amigable, que le entreguen a esta chica Carolina los bienes que le pertenecen y que se termine la cuestión.
No recibí ninguna respuesta satisfactoria, nada, era todo cero. Entonces nos vimos en la obligación de promover el juicio de liquidación judicial de la sociedad Mora Cué, para que produzca la liquidación se le entreguen a nuestra clientea lo bien que le corresponde.
Este es un proceso que te lleva más de 7 años. En el intertanto, ellos promovieron una acción penal, renunciándola a Carolina. Promovieron un juicio de revocación de una donación. Y en todos esos juicios, en distintas etapas, se han perdido 13 revocatorias, 5 apelaciones, 3 fallos de instancia penal y 3 recursos extraordinarios de la Corte. No nos han ganado ninguna sola instancia , pero todavía falta el fallo definitivo. Intertanto, lo único que hicieron fue depositar algo así como 20 millones de pesos en una orden judicial de embargo, que se dictó a favor de Carolina Farizano, de que el 20% de todo lo producido por la empresa Mora Cué, debía ser depositado en el expediente.
En todos estos años, lo único que depositaron es 20 millones de pesos, pese a todas las medidas. Y no satisfechos van a haber depositado únicamente ese dinero, plantearon revocatoria de la medida, apelación de la medida, que la perdida en la revocatoria, la perdida en la apelación, y ahora plantearon recursos extraordinarios ante el Tribunal Superior. Una indignidad total, pero bueno, cada uno ha ejercido el derecho a lo que cree que le corresponde. Esa es la situación..." decía el dr. Mario Giudice.
DECLARACIONES DEL DR. MARIO GIUDICE EN FM BÚNKER.
Un actor que en silencio, fue fundamental en todo este proceso, de acuerdo a las fuentes consultadas, por la imparcialidad con la que llevó este caso, la dra. Noha Durán Jueza Titular del Juzgado Civil Comercial y Laboral de Santo Tomé Corrientes.
De acuerdo a las mismas fuentes, Durán fue objeto de presiones "de todo tipo" en este caso pero se mantuvo inflexible y no sucumbió ante el poder (atípico en gran parte de la justicia santotomeña), continuando de manera objetiva en cada instancia judicial.
INVESTIGACIÓN DESDE ESTE PORTAL SOBRE ESTE CASO:
Los expedientes se encuentran en la Cámara de Apelaciones local en febrero desde hace un año, sin resolución alguna, con algunas dilataciones, a criterio de las fuentes consultadas, sin justificación jurídica ni institucional que lo justifica.
En caso de que la sentencia de Primera Instancia sea confirmada, se le debe reconocer la participación accionaria a Carolina Farizano, disolver la sociedad y repartir las ganancias, dividendos y regalías en proporción a las acciones de cada miembro societario. Al verificarse judicialmente que Mora Cue SCA no posee liquidez, un familiar directo de Carolina Farizano inició una nueva acción de Daños y Perjuicios (expte. 14331/25), pero Carlos Farizano recusó al juzgado a cargo de Noha Durand (por la firmeza con la que se encuentra se restantes Durand), para que está nueva causa por daños y perjuicios, hoy sea radicada ante el Juzgado Civil Comercial y Contencioso Administrativo (ex familia), como también el sucesorio de la madre de ambos.

MAS SOBRE ESTE CASO. Parte de lo actuado en el Juzgado Civil Comercial y Laboral de Santo Tomé Corrientes.
Siempre a decir de las fuentes calificadas, desde una mirada estrictamente judicial, las decisiones adoptadas en las distintas causas vinculadas a Mora Cue SCA se apoyan en la constatación objetiva de hechos y pruebas incorporadas a cada expediente, y no en valoraciones personales o políticas ni en manifestaciones externas al proceso.
En los expedientes se analizó una realidad societaria caracterizada, entre otros extremos, por la ausencia prolongada de saldos contables regularmente aprobados, la falta de actividad fiscal efectiva, la inexistencia de una CUIT operativa ante los organismos recaudadores, la falta de pago de tributos y la ausencia de registros claros y consistentes en materia accionaria.
Asimismo, surge de las constancias de las causas la inexistencia de una debida y transparente inscripción de las acciones, con situaciones de indeterminación sobre la titularidad, transferencias cuestionadas y libros societarios que no reflejan de manera clara la composición accionaria real.
También fueron objeto de análisis asambleas realizadas únicamente con los socios que figuraban formalmente en los libros, sin una adecuada publicidad ni transparencia, lo que dio lugar a cuestionamientos sobre la regularidad de su funcionamiento y sobre el respeto de los derechos sociales involucrados.
Las resoluciones dictadas en cada uno de los procesos responden exclusivamente al objeto específico de cada expediente, a las pruebas producidas y al marco normativo aplicable, sin que exista una valoración global o unificada fuera de lo debatido en cada causa concreta.
Todos los expedientes (“FARIZANO ARTIGAS, MARIA CAROLINA c/ MORA CUE S.C.A s/ DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD” Expte. N° 8827/18, “ARTIGAS, MARINA BEATRIZ c/ FARIZANO ARTIGAS, MARIA CAROLINA s/ REVOCACION DE DONACION” Expte. N° 9956/19, “ESQUIVEL FARIZANO, MARINA BEATRIZ DE LOS MILAGROS c/ MORA CUE S.C.A Y FARIZANO ARTIGAS BEATRIZ ALICIA s/ ORDINARIO” Expte. N° 10706/21) y las sentencias dictadas son de carácter público y pueden ser consultados por cualquier interesado a través del sistema oficial de consulta de expedientes del Poder Judicial, donde constan detalladamente los hechos acreditados, las pruebas valoradas y los fundamentos jurídicos de las decisiones adoptadas.
La existencia de interés periodístico posterior a la publicación de la Carta Abierta publicada por Carolina Farizano no modifica esa realidad ni el contenido de las resoluciones, que se dictaron conforme a derecho y permanecieron siempre disponibles para su consulta pública, en el marco de la publicidad de los actos judiciales y del respeto a la libertad de prensa.
Fuente: redacción www.santotome-online.com.ar
Fe de erratas: donde se indicó que Carolina había iniciado una nueva acción de Daños y Perjuicios, corresponde aclarar que dicha acción fue promovida por un familiar directo.

