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El día viernes 03 el Concejo Deliberante invitó al profesor Manlio Escobar a participar de la reunión Informativa que ocurrió hoy lunes por la mañana. Escobar presentó una nota en agosto de este año al Legislativo Santotomeño, solicitando se ponga en funciones al DEFENSOR DEL VECINO, como lo estipula la Carta Orgánica modificada en 2024 que dice, de acuerdo a la Disposición Transitoria Sexta, EL DEFENSOR DEL VECINO DEBE ESTAR OPERATIVO EN EL AÑO 2025. Lo cierto es que a dos meses de concluir el año, no se ha comenzado el proceso de designación del Defensor del Vecino, como lo estipula la Carta Orgánica Municipal.

Luego de la reunión con los ediles Farizano, Alrmirón, Leguiza, Braña, Rodríguez, Centeno y Gales, Manlio Escobar decía "Los ediles se comprometieron a realizar lo que estipula la carta orgánica en los artículos, 130,131,132,133 y 134. Ellos saben que de no poner en funciones este año al Defensor del Vecino se estará violando la Carta Orgánica Municipal y cualquier vecino de esta ciudad, podría tomar otro tipo de acciones ante la justicia, por ejemplo, por el grave incumplimiento.
Junto a los concejales presentes estuvimos viendo lo que dice la Carta Orgánica respecto al Defensor del Vecino, la verdad que es todo muy claro y simple, no tiene mayores complicaciones ponerlo en funcionamiento, pero lo cierto es que hasta el momento no hubo alguna iniciativa por parte de los concejales de Santo Tomé, antes de mi presentación en agosto.
Entiendo que el rol del Defensor del Vecino es justamente "defender" a todos los santotomeños en cuestiones que involucren en algunos casos, de alguna manera al Municipio por eso quizás, no se impulsó durante este año esta figura tan importante para todos los santotomeños.
Antes de entrar a la reunión informativa con los concejales, dejé en mesa de entrada un Proyecto de Ordenanza "Reglamentación del Cargo de Defensor del Vecino del Municipio de Santo Tomé" de manera tal de colaborar también en este sentido, no solo pedí mediante nota que cumplan con la Carta Orgánica, sino que también aporté como le decía al presidente Farizano, con un proyecto de ordenanza que podrá ser tomado en cuenta o no, pero que quizás acorte el tiempo de iniciar con estas etapas que tienen que cumplir de aca en más...." decía el profesor Manlio Escobar.
La Reforma de la Carta Orgánica aprobada el 21 de junio de 2024, no especifica en qué fecha debe estar operativa la figura del Defensor del Vecino, pero sí dice en el año 2025.-

🛡️ Funciones del Defensor del Vecino
✅Defensa de derechos: Protege los derechos e intereses individuales y colectivos de los vecinos frente a actos, hechos u omisiones de la administración municipal.
✅Recepción de reclamos: Atiende denuncias, quejas o sugerencias de los ciudadanos sobre el funcionamiento de los servicios públicos, trámites administrativos, o cualquier acción municipal que afecte sus derechos.
✅Investigación y recomendación: Puede iniciar investigaciones, solicitar informes, y emitir recomendaciones no vinculantes al Departamento Ejecutivo o al Concejo Deliberante.
✅Acceso a la información: Tiene derecho a requerir documentación, informes y expedientes de cualquier dependencia municipal, sin necesidad de patrocinio letrado.
✅Promoción de derechos: Realiza acciones de difusión, educación y concientización sobre derechos ciudadanos y mecanismos de participación.
✅Autonomía funcional: Actúa con independencia de los poderes municipales, no recibe instrucciones ni puede ser removido por sus opiniones o acciones.
✅Informe anual: Debe presentar un informe público anual ante el Concejo Deliberante, detallando su actuación, recomendaciones y estadísticas de reclamos.

