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03-11-2026

 

El Municipio de Santo Tomé a través de su intendente dr. Augusto Suaid y la Provincia (Gustavo Valdes en un principio y ahora Juan Pablo Valdes) hablan desde 2022 del "Parque Industrial" de la ciudad. Pero la ley correntina que regula esa figura, la 6051, y su decreto reglamentario exigen infraestructura, estudios y una autorización del Poder Ejecutivo provincial de los que no hay constancia pública, que se pueda acceder desde internet.

Con la información disponible, el predio estaría hoy más cerca de un "Area Industrial" en desarrollo que de un Parque Industrial en los términos de la norma

IMAGEN DE LA ÚNICA EMPRESA QUE SE ESTA INSTALANDO EN EL PREDIO, DESDE DICIEMBRE DE 2025.-

 

 

Qué dice la ley:


En Corrientes, llamarse "parque industrial" no es una cuestión de marketing: es una categoría legal. La define la Ley 6051, sancionada en 2011, y la reglamenta el Decreto 20/2014.

El artículo 2 de la ley distingue dos figuras.

El parque industrial es un predio con infraestructura y servicios comunes ya instalados.

El área industrial es un predio subdividido en lotes que todavía carece de esa infraestructura, y que solo puede convertirse en parque cuando cumpla los requisitos mínimos.


El Decreto 20/2014 detalla esos mínimos en su artículo 1:
• Calles internas afirmadas, iluminación, cerco perimetral, veredas y áreas verdes.
• Agua corriente para uso industrial y una red de hidrantes con reserva en altura.
• Desagües cloacales y pluviales, y planta de tratamiento de efluentes.
• Energía eléctrica y telecomunicaciones.
• Destacamento de bomberos y recolección de residuos industriales.


Además, el trámite es largo. El municipio debe adherir a la ley por ordenanza (art. 5). El ente promotor presenta un estudio de factibilidad, un estudio de impacto ambiental y uno de no inundabilidad, y luego un proyecto ejecutivo.


El paso final es clave. Según el artículo 14 del decreto, aprobar el proyecto "no implica la habilitación" del parque. Solo un decreto del Poder Ejecutivo provincial, con intervención de Fiscalía de Estado, reconoce al emprendimiento como Parque Industrial (art. 15). Recién entonces su inscripción en el Registro provincial pasa de provisoria a definitiva (art. 22).

 

Lo que hay en Santo Tomé

La propia página oficial del Municipio presenta el "Parque Industrial Logístico y Tecnológico" con la red eléctrica, las cloacas, el alumbrado, la fibra óptica y la red de agua como infraestructura "proyectada". Es decir, por ahora no está construida.


Las notas oficiales y periodísticas de los últimos dos años van en la misma línea:

Oct. 2026: Reunión Provincia-Municipio para revisar los proyectos de inversión en el predio y "anticipar necesidades de infraestructura".

Ago. 2026: Convenio con la Asociación de Parques Industriales Argentinos (APIA), una entidad privada que no otorga reconocimiento legal (y en la cual no figura el parque industrial de Santo Tomé Corrientes, entre los Parque socios de APIA https://apia.ar/parques-socios-de-apia/ )

Jun. 2026: El intendente gestiona que el Ejército ceda parte del "Campo del Triunfo", sobre Ruta 14, para el "futuro" Parque Industrial.

Mar. 2026: Resina Rubbers SAS construye una planta "en el Parque Industrial", en un lote de unas 12 ha.

Feb. 2025: Apertura de caminos internos. Cerco, portal y conexión eléctrica, todavía pendientes.

Feb. 2025: Predio de unas 110 ha al suroeste de la ciudad, cerca del Centro Unificado de Frontera. Obras "en la etapa de infraestructura".

Ninguna de estas noticias publicada menciona agua para uso industrial, red de hidrantes, planta de tratamiento de efluentes ni destacamento de bomberos, que el decreto exige.

 

Dos predios para un mismo parque:

 

La contradicción más llamativa está en la ubicación. Desde 2024, el Municipio y la Provincia presentan como Parque Industrial un predio de unas 110 ha al suroeste de la ciudad, cerca del Centro Unificado de Frontera y del puente internacional. Allí se abrieron caminos y allí, según se informó, construye su planta Resina Rubbers SAS.

Sin embargo, en junio de 2026 el intendente Augusto Suaid se habría reunido en Buenos Aires con autoridades del Ejército Argentino para pedir la cesión de parte del predio militar "Campo del Triunfo", a unos 15 km sobre la Ruta Nacional 14.

El destino informado fue el "futuro Parque Industrial" de Santo Tomé (SantoTomeVirtual; Misiones Online).
Si el parque ya existe en su ubicación actual, ¿por qué se gestionan tierras del Ejército para un parque "futuro"? Caben tres explicaciones, y ninguna fue aclarada públicamente:
• Que el predio actual no sea el parque definitivo y se piense trasladarlo.
• Que el Campo del Triunfo sea una ampliación, algo que según el artículo 16 del Decreto 20/2014 requiere repetir todo el procedimiento de autorización.
• Que convivan dos proyectos con el mismo nombre.

En cualquiera de los casos, que se hable de un parque "futuro" refuerza la idea de que hoy no existe un Parque Industrial habilitado como tal. Tampoco se informó si la cesión del Ejército ya se formalizó.

 

 

Sin decreto a la vista.


Este medio no encontró en fuentes públicas ningún decreto del Poder Ejecutivo provincial que autorice un Parque Industrial en Santo Tomé. Tampoco aparece una resolución ministerial que lo reconozca como área industrial, ni su inscripción en el Registro provincial.


La página del Parque en el sitio municipal no cita ninguna norma. El boletín oficial municipal publicado en la web no permite verificar si existe la ordenanza de adhesión a la Ley 6051.


La única norma local hallada sobre suelo productivo es la Ordenanza 736/2022. Esa ordenanza crea una "Zona Económica Promovida" sobre la costa del río Uruguay. Es una figura distinta, sujeta a estudios de factibilidad e impacto ambiental, y no equivale a un parque industrial.


No es un caso aislado en la provincia: el parque de Ituzaingó fue inaugurado en 2025 sin tener completa su habilitación.

Que la documentación no sea pública no prueba que no exista. Pero si existe, debería estar al alcance de los vecinos y de las empresas que evalúan instalarse, porque de esa autorización dependen los beneficios fiscales que se ofrecen: exención de Ingresos Brutos, Sellos e Inmobiliario, entre otros (Ley 6051, art. 10).

 

Las preguntas que siguen abiertas
 ¿Santo Tomé adhirió por ordenanza a la Ley 6051? ¿Con qué número y fecha?
 ¿Existe un decreto provincial que autorice el Parque Industrial, como exige el artículo 15 del Decreto 20/2014?
 ¿Está inscripto en el Registro provincial? ¿De forma provisoria o definitiva?
 ¿Se hicieron los estudios de impacto ambiental y de no inundabilidad?
 ¿Cuál es el predio oficial: el de 110 ha cerca del Centro de Frontera o el del Campo del Triunfo?
 ¿Con qué marco legal se ofrecen beneficios fiscales a las empresas que se instalan?

 

Este medio enviará estas preguntas a la Municipalidad de Santo Tomé y a la Subsecretaría de Industria de la Provincia, y publicará sus respuestas en un próximo artículo.

 

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